Skip to Content
Top
Su caso merece atención inmediata Nuestros abogados tratan a todos los clientes como a personas, no números, y dan prioridad a todos los casos.

Audiencias de Fianzas Inmigratorias en Miami, FL.

En el 2015, el Departamento de Ejecución Inmigratoria y Aduanal (ICE) arrestó 119,772 no ciudadanos. De esos arrestados, 19,723 extranjeros indocumentados, portadores de visa y residentes legales permanentes, fueron liberados del centro de retenciones. Cuando un amigo o familiar es arrestado por ICE, la primera preocupación es si tienen derecho a una fianza.

ICE asigna a oficiales de deportación al caso de cada uno de los detenidos. El oficial de deportación determina la fianza basándose en los detalles de cada caso, los antecedentes penales del arrestado y las leyes aplicables. Algunos detenidos requieren detención obligatoria, mientras que otros pueden ser liberados mediante una fianza.

La fianza es el paso crucial del proceso inmigratorio. No solo es importante para el detenido ser liberado a su hogar y su familia, sino que es importante también para el abogado. Casi cualquier tipo de alivio inmigratorio es más fácil de obtener si el cliente es liberado debido a que el cliente estaría mejor equipado para ayudar al abogado, con su defensa. Adicionalmente, generalmente a los abogados se les otorga más tiempo para disputar la deportación de su cliente, si el mismo está fuera de custodia, en lugar de en custodia.

Centro de Detención Krome, en Miami, FL

Si usted conoce alguien en Miami, FL que ha sido detenido por ICE, ellos serán llevados al Centro de Detención Krome ubicado en el 18201 SW 12th St., Miami, FL. 33194. Krome es el único centro de detención inmigratorio en Miami, FL. Tiene un cupo de aproximadamente 600 personas, a la vez. Existe un centro de detenciones, adicional en el Condado de Broward llamado Centro Transitorio de Broward, en caso de que el centro Krome presente sobrepoblación.

Usted puede enterarse si su amigo o familiar se encuentra detenido en el Centro de Krome llamando al (305) 207-1200 entre las horas de 5:00 A.M. y 10:00 P.M. Debe tener la información biográfica del sujeto incluyendo su nombre, fecha de nacimiento y lugar de nacimiento. Amigos y miembros familiares pueden visitar 7 días a la semana, pero deben realizar cita previa para una visita de una hora. Visitantes deben presentar una identificación emitida por el gobierno para poder entrar al Centro.

Fianzas en el Centro de Detención Krome, en Miami, FL

Si está interesado en saber si su amigo o miembro familiar tiene una fianza, llame al (305) 207-2100 y pida hablar con el Oficial de Detenciones que está llevando el caso. Debe darle al oficial el nombre del detenido y su “Número A”. Si el detenido tiene una fianza, usted podrá pagar la misma en el 18201 SW 12th St., Miami, FL 33194, de lunes a viernes, entre las horas de 9:00 A.M. a 3:00 P.M. La persona quien realice el pago de la fianza debe demostrar su identidad y su estatus inmigratorio legal. Las fianzas pueden ser procesadas mediante cheque de caja o giro postal (money order) emitidos a favor de “U.S. Department of Homeland Security”.

Abogado de Fianza Inmigratoria, en Miami, FL

Si su amigo o miembro familiar no posee una fianza o si usted desea intentar reducir la fianza, llame a Hubbs Law. Puede hablar con nuestro abogado, E. J. Hubbs, de inmediato sobre la posibilidad de presentar una moción de fianza o de reducción de fianza.

E.J. primero intentará contactar el oficial de deportación quien maneja el caso. A veces es posible que el oficial de deportación otorgue la fianza o reducción de fianza, sin necesidad de ir a la corte. En otras ocasiones, el caso sería programado para una audiencia de fianza. En la audiencia de fianza, el juez inmigratorio podría sopesar muchos factores incluyendo, pero no limitado a:

  1. El tiempo que el detenido tiene viviendo en los Estados Unidos,
  2. Los miembros familiares del detenido, en los Estados Unidos, quiénes son ciudadanos de los Estados Unidos,
  3. Historial de empleo del detenido,
  4. Historial de antecedentes penales del detenido,
  5. Órdenes de deportaciones anteriores del detenido,
  6. Riesgo de que el detenido se dé a la fuga o no se presente a la corte,
  7. Riesgo de que el detenido represente un peligro para otras personas o propiedades si es liberado, y
  8. Si el detenido es considerado un riesgo para la seguridad nacional.
Continue Reading Read Less

Opiniones de los clientes

  • "Erica es una buena abogada the imigracion!! Me ayudo con mi caso y en menos de dos anos pude areglar mis papeles.. Sin su anuda no se que fuera de mi familia. La recomiendo si estan buscando ayuda seria!"
  • "Erika, por mucho, es la mejor abogada de inmigración, me ayudó cuando nadie más lo haría y gracias a todo su trabajo, pude resolver mi asunto de inmigración con la nota personal que te trata como a una familia y la recomi"