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Abogado de Lavado de Dinero en Miami

El lavado de dinero generalmente se refiere al proceso de tomar dinero que se obtuvo originalmente de actividades delictivas y convertirlo en una fuente legítima para ocultar el origen ilegal de los fondos. Por ejemplo, una persona que ha obtenido una cantidad sustancial de dinero en efectivo vendiendo drogas puede decidir comprar una propiedad de alquiler para disponer de una fuente alternativa legítima de ingresos. La compra subyacente de la vivienda se clasificaría como lavado de dinero según la ley federal.

Los delitos de lavado de dinero han estado históricamente vinculados a organizaciones del crimen organizado como la mafia o los cárteles de la droga. Sin embargo, en la práctica, el gobierno federal procesa todos los delitos de lavado de dinero, desde las grandes organizaciones hasta los infractores menores.

El blanqueo de capitales es un delito grave punible con una pena máxima de 10 a 20 años, según los hechos del caso. Además, si no es ciudadano estadounidense, el lavado de dinero es un delito grave con fines de inmigración si la cantidad de fondos obtenidos ilegalmente excede los $10,000.

Abogado de Lavado de Dinero en Miami, FL

Si fue arrestado por un delito de cuello blanco como lavado de dinero, en Miami, FL, es importante que se comunique con una firma de abogados con experiencia en derecho penal federal. Como ex fiscal, nuestro abogado E.J. Hubbs tiene la experiencia necesaria para ayudarlo a intentar lograr el mejor resultado en su caso. Además, E. J. Hubbs está certificado en derecho procesal penal, un honor que ostentan menos del 1% de los abogados del estado de Florida.

Hubbs Law maneja todo tipo de delitos de cuello blanco, incluido el lavado de dinero, en Miami, FL y en todo el condado de Miami-Dade, incluidos Hialeah, Miami Beach, South Miami, Pinecrest, Kendall, Palmetto Bay, Cutler Bay, Homestead, Dadeland y en cualquier lugar. más en el área.

Elementos del Lavado de Dinero

El lavado de dinero se imputa más comúnmente según dos estatutos separados. Menores de 18 U.S.C. 1957, es ilegal que un individuo participe a sabiendas en una transacción monetaria con bienes obtenidos de manera criminal por un valor superior a $10,000 que se deriven de una actividad ilegal específica. Esto generalmente involucra el ejemplo mencionado anteriormente donde un individuo utiliza ingresos derivados de actividades ilegales como la venta de drogas o fraude y luego realiza una transacción monetaria con el dinero.

Menores de 18 U.S.C. 1956, es ilegal que un individuo realice a sabiendas una transacción financiera con dinero que sabía que estaba involucrado en algún tipo de actividad ilegal cuando la transacción fue diseñada para evitar el requisito de informar sobre transacciones según la ley federal. Por lo general, se trata de una persona que deposita dinero en una cuenta bancaria por cantidades inferiores a $10,000 con el fin de evitar informar la transacción al IRS.

Menores de 18 U.S.C. 1957, el gobierno federal debe probar más allá de toda duda razonable los cinco elementos siguientes:

  1. El demandado, a sabiendas, realizó o intentó realizar una transacción monetaria;
  2. El demandado sabía que la transacción involucraba bienes o fondos que eran producto de alguna actividad criminal;
  3. La propiedad tenía un valor de más de $10,000;
  4. De hecho, la propiedad era producto de la actividad ilícita; y
  5. La transacción tuvo lugar en los Estados Unidos o fuera de los Estados Unidos si el Demandado era una persona estadounidense.

Cabe señalar que, según este estatuto, no importa si el acusado conoce la naturaleza precisa del delito o si la propiedad proviene de la actividad ilegal específica. El gobierno sólo está obligado a demostrar que el demandado sabía que la propiedad provenía de algún tipo de actividad criminal.

Menores de 18 U.S.C. 1956(a)(1)(B)(ii), el gobierno federal debe probar más allá de toda duda razonable los cuatro elementos siguientes para obtener una condena conforme a esta sección:

El demandado realizó o intentó realizar, a sabiendas, una transacción financiera;

  1. El demandado sabía que el dinero o los bienes involucrados en la transacción eran producto de algún tipo de actividad ilegal;
  2. El dinero o la propiedad provinieron de una actividad ilegal; y
  3. El demandado participó en la transacción para evitar el requisito de informar sobre transacciones según la ley estatal o federal.
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Opiniones de los clientes

  • "Erika, por mucho, es la mejor abogada de inmigración, me ayudó cuando nadie más lo haría y gracias a todo su trabajo, pude resolver mi asunto de inmigración con la nota personal que te trata como a una familia y la recomi"
  • "Erica es una buena abogada the imigracion!! Me ayudo con mi caso y en menos de dos anos pude areglar mis papeles.. Sin su anuda no se que fuera de mi familia. La recomiendo si estan buscando ayuda seria!"